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Contratos de franquicia en España: gestión digital y firma electrónica

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El modelo de franquicia se ha consolidado en España como una de las fórmulas de expansión empresarial más relevantes de los últimos años. Sectores como la restauración, el retail, los servicios o la educación han experimentado un crecimiento notable gracias a redes de distribución uniformes, basadas en la cesión de una marca, un saber hacer y una asistencia comercial y técnica continuada.

En este contexto, el contrato de franquicia se convierte en una pieza jurídica clave. No solo regula la relación entre franquiciador y franquiciado, sino que también determina el éxito, la seguridad legal y la sostenibilidad del negocio a largo plazo. La digitalización de estos contratos y el uso de lafirma electrónica añaden, además, una capa adicional de eficiencia, trazabilidad y cumplimiento normativo.

Resumen en breve:

  • Definición: Un contrato de franquicia permite a un franquiciado explotar un negocio bajo la marca del franquiciador, recibiendo know-how y asistencia comercial y técnica continuada.
  • Marco legal: Regulado por la Ley 7/1996 (artículo 62 de Ordenación del Comercio Minorista) y el Real Decreto 201/2010 en España.
  • Obligación precontractual: El franquiciador debe entregar información precontractual detallada al menos 20 días hábiles antes de la firma.
  • Firma digital: Los contratos de franquicia pueden firmarse electrónicamente con plena validez legal (Reglamento eIDAS).
  • Ventajas: La digitalización reduce plazos, costes y mejora la trazabilidad documental de la red de franquicia.

Importante:

Este contenido está pensado para responsables legales, de cumplimiento normativo y directivos que necesitan una visión clara, actualizada y aplicable a la realidad empresarial en España.

¿Qué es un contrato de franquicia y cuál es su finalidad?

Un contrato de franquicia es un acuerdo mercantil mediante el cual una empresa (el franquiciador) cede a otra (el franquiciado) el derecho a explotar un modelo de negocio probado, bajo una marca y unos signos distintivos determinados, a cambio de una contraprestación económica.

Definición jurídica y operativa

Desde un punto de vista práctico, el contrato de franquicia implica:

  • La cesión del uso de la marca y otros derechos de propiedad intelectual e industrial.
  • La transmisión de un know-how o saber hacer específico.
  • La prestación de asistencia comercial y técnica, tanto inicial como continuada.
  • La integración del franquiciado en una red de distribución uniforme, con presentación uniforme de locales, transporte, imagen corporativa y procesos.

Este modelo permite al franquiciador expandirse de forma más rápida y controlada, mientras que el franquiciado accede a un negocio estructurado y reconocible en el mercado.

Importante:

Un contrato de franquicia no se confunde con una concesión mercantil ni con una cesión de marca. Según el Real Decreto 201/2010, la franquicia implica tres elementos clave: uso de marca, transmisión de know-how y asistencia continua.

Finalidad del contrato de franquicia en el régimen comercial español

El régimen de franquicia en España persigue varios objetivos:

  • Garantizar una presentación uniforme de la red, tanto en locales como en la experiencia del cliente.
  • Proteger la marca y los signos distintivos del franquiciador.
  • Establecer reglas claras sobre la asistencia comercial y técnica de ambas partes.
  • Definir un marco de derechos y obligaciones que reduzca conflictos futuros.

A tener en cuenta:

Pertenecer a una red en España implica aceptar limitaciones operativas, pero también beneficiarse de una estructura común y reconocible.

Marco legal de los contratos de franquicia en España

¿Existe una ley específica de franquicias?

En España no existe una ley única y exclusiva del contrato de franquicia. Sin embargo, su regulación se apoya en un conjunto de normas clave:

  • Código de Comercio y principios generales del derecho mercantil.
  • Ley de Defensa de la Competencia.
  • Artículo 62 de la Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, que regula la franquicia.
  • Real Decreto 201/2010, sobre la comunicación de datos al Registro de Franquiciadores.

Este marco establece las bases del régimen de franquicia, especialmente en lo relativo a la transparencia precontractual.

Artículo de Ordenación del Comercio Minorista y franquicia

El artículo de ordenación minorista, del Real Decreto 201/2010, define la franquicia como:

"Un sistema de comercialización en el que una empresa cede a otra, a cambio de una contraprestación, el derecho a explotar una fórmula comercial contrastada."

Esto implica obligaciones claras de información previa, especialmente relevantes en los últimos años en España, donde muchas redes han crecido rápidamente.

Comunicación al Registro de Franquiciadores

Esta comunicación incluye, entre otros aspectos:

  • Descripción del negocio de franquicia.
  • Identidad del franquiciador.
  • Marca y signos distintivos.
  • Red en España y evolución en los últimos años.

No cumplir con esta obligación puede generar sanciones y problemas de validez contractual.

Atención:

El franquiciador está obligado legalmente a entregar al futuro franquiciado la información precontractual al menos 20 días hábiles antes de la firma (Ley 7/1996, art. 62.3). El incumplimiento puede acarrear sanciones.

El franquiciador debe comunicar su actividad al Registro de Franquiciadores de la comunidad autónoma correspondiente o al registro estatal, antes de iniciar la actividad.

Elementos esenciales de un contrato de franquicia

Un contrato de franquicia bien redactado debe contemplar, como mínimo, los siguientes elementos:

Identificación de las partes

  • Datos completos del franquiciador y del franquiciado.
  • Forma jurídica y representantes legales.

Objeto del contrato

  • Cesión de la franquicia y alcance de la explotación.
  • Indicación expresa del régimen de cesión de franquicia.

Propiedad intelectual e industrial

  • Uso de la marca y signos distintivos.
  • Condiciones de protección y límites de uso.

Know-how y asistencia comercial técnica

  • Descripción de la asistencia comercial técnica.
  • Formación inicial y soporte continuado.

Presentación uniforme y red de distribución

  • Imagen de locales.
  • Uniformidad en locales, transporte y comunicación.
  • Integración en la red de distribución uniforme.

Duración, renovación y rescisión

  • Plazo del contrato.
  • Condiciones de renovación.
  • Causas de resolución anticipada.

Contraprestaciones económicas

  • Canon de entrada (fee inicial).
  • Royalties periódicos.
  • Otros pagos (publicidad, formación, etc.).

Territorio y exclusividad

  • Delimitación geográfica.
  • Cláusulas de exclusividad o no competencia.

Confidencialidad y no competencia

  • Protección del know-how.
  • Restricciones post-contractuales.

Derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado

Tabla comparativa: obligaciones principales

Franquiciador

Franquiciado

Cede la marca y el know-how

Explota el negocio conforme al sistema

Presta asistencia comercial y técnica

Respeta la presentación uniforme

Actualiza el modelo de negocio

Paga cánones y royalties

Protege la red y la marca

Mantiene confidencialidad

Derechos del franquiciador

  • Controlar el uso de la marca y los signos distintivos.
  • Exigir el cumplimiento de los estándares de la red.
  • Percibir las contraprestaciones económicas pactadas.

Obligaciones del franquiciador

  • Proporcionar asistencia comercial y técnica real y efectiva.
  • Facilitar información veraz antes de la firma.
  • Mantener la coherencia y reputación de la red.

Derechos del franquiciado

  • Explotar un negocio probado.
  • Recibir soporte, formación y asistencia.
  • Beneficiarse del prestigio de la marca.

Obligaciones del franquiciado

  • Respetar el sistema y la presentación uniforme.
  • No competir con la red.
  • Cumplir con las normas internas y manuales operativos.

Importante:

El franquiciado no es un empleado ni un agente, sino un empresario independiente.

¿Qué tener en cuenta antes de firmar un contrato de franquicia?

Antes de firmar un contrato de franquicia, es imprescindible realizar un análisis exhaustivo y realista del acuerdo, ya que se trata de una relación contractual de larga duración con importantes implicaciones económicas, legales y operativas.

Una decisión precipitada o basada únicamente en expectativas comerciales puede generar conflictos futuros, pérdida de inversión o incluso la salida anticipada de la red. Evaluar con detalle las condiciones del contrato, el modelo de negocio y las obligaciones asumidas es clave para proteger los intereses del franquiciado y garantizar una colaboración sostenible con el franquiciador.

Checklist previo a la firma

Fase

Acción

Documento/Verificación

Precontractual

Recibir información precontractual del franquiciador

Información completa (art. 62.3)

/

Verificar marca registrada

Consulta OEPM

/

Analizar cuentas y red

Balance, nº franquiciados activos

/

Evaluar experiencia previa del franquiciador

2 años en 2 establecimientos franquiciados

Firma

Plazo mínimo 20 días reflexión

Ley 7/1996

/

Firma electrónica válida

Certificado eIDAS

Post-firma

Conservar contrato 6+ años

Código de Comercio

/

Inscripción Registro Franquiciadores

Real Decreto 201/2010 (franquiciador)

Acciones adicionales:

  • Verificar la inscripción o comunicación al registro de franquiciadores.
  • Analizar la viabilidad económica real del modelo.
  • Revisar duración, renovación y causas de resolución.
  • Evaluar las obligaciones económicas totales.
  • Revisar cláusulas de no competencia y exclusividad.
  • Confirmar el alcance de la asistencia comercial técnica.
  • Asegurar la validez legal del contrato y su firma.

Información útil:

Según el artículo 12 del Real Decreto 201/2010, un franquiciador consolidado debe haber desarrollado la actividad franquiciadora durante al menos 2 años en 2 establecimientos franquiciados, y disponer de un número mínimo de 4 establecimientos (2 de los cuales deben ser propios). Esta exigencia garantiza que la red ya ha sido probada antes de expandirse.

Errores comunes y conceptos erróneos en la franquicia

A pesar de su popularidad, existen errores frecuentes:

  • Pensar que el franquiciador garantiza beneficios.
  • No analizar la dependencia real de la red.
  • Subestimar las obligaciones contractuales.
  • Firmar sin asesoramiento legal especializado.
  • Confundir cesión de marca con régimen de franquicia.
  • No verificar la solidez de la red de franquicia en España.

A tener en cuenta:

Muchos conflictos surgen por expectativas irreales más que por incumplimientos formales.

Resolución de disputas en contratos de franquicia

Los contratos suelen prever mecanismos como:

  • Negociación amistosa.
  • Mediación o arbitraje.
  • Jurisdicción ordinaria.

La claridad contractual y la trazabilidad documental son claves para reducir litigios.

Gestión digital del contrato de franquicia

La digitalización ha transformado la forma en que se gestionan los contratos de franquicia:

  • Centralización documental: Todos los contratos de la red en un solo lugar.
  • Control de versiones: Seguimiento de modificaciones y actualizaciones.
  • Acceso remoto y seguro: Franquiciados en cualquier punto de España o el extranjero.
  • Auditoría y trazabilidad: Registro completo de firmas y cambios.

En redes con múltiples franquiciados en España o en el extranjero, esto es especialmente relevante.

Información útil:

La digitalización de contratos de franquicia no solo ahorra tiempo: refuerza la confianza entre las partes y mejora el cumplimiento normativo (eIDAS, RGPD).

La firma electrónica en los contratos de franquicia

La firma electrónica en los contratos de franquicia se ha consolidado como una herramienta clave para agilizar y asegurar la formalización de estos acuerdos, especialmente en redes con presencia nacional o internacional. Conforme al Reglamento eIDAS (UE) 910/2014, su uso no solo simplifica los procesos, sino que refuerza la seguridad jurídica del contrato desde el primer momento:

  • Validez legal plena: El contrato firmado electrónicamente tiene la misma eficacia jurídica que uno firmado en papel, siempre que se utilice una firma conforme a eIDAS.
  • Identificación del firmante: Permite verificar de forma fiable la identidad de franquiciador y franquiciado, reduciendo riesgos de suplantación o fraude.
  • Integridad del documento: Garantiza que el contenido del contrato no ha sido modificado tras la firma, preservando las condiciones pactadas.
  • Evidencia jurídica en caso de conflicto: Genera trazabilidad y pruebas electrónicas sólidas (sellado de tiempo, registros de firma) que facilitan la defensa legal ante posibles disputas.

¿Qué tipo de firma electrónica utilizar?

En contratos de franquicia, es recomendable utilizar firma electrónica avanzada o cualificada, especialmente cuando existen obligaciones económicas relevantes y riesgos legales elevados.

El papel de Yousign en la digitalización del franchising

En Yousign ayudamos a las empresas a gestionar contratos de franquicia de forma segura, ágil y conforme a la normativa europea.

Nuestras soluciones permiten:

  • Firmar contratos de franquicia de forma 100 % digital.
  • Garantizar la identidad de franquiciadores y franquiciados.
  • Asegurar la integridad y conservación de los documentos.
  • Cumplir con eIDAS, RGPD y buenas prácticas de compliance.

Ventajas de la firma electrónica para contratos de franquicia

  • Rapidez: Firma en minutos desde cualquier dispositivo.
  • Seguridad jurídica: Validez legal total en toda la UE.
  • Reducción de costes: Elimina impresión, envío postal y almacenamiento físico.
  • Trazabilidad completa: Registro de cada acción en el contrato.
  • Escalabilidad: Ideal para redes en expansión con múltiples franquiciados.

Nota importante:

Una gestión contractual digital reduce riesgos legales y mejora la confianza dentro de la red.

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Contratos de franquicia, compliance y reputación

Un contrato de franquicia bien gestionado:

  • Reduce riesgos legales y reputacionales.
  • Aporta transparencia a la relación.
  • Refuerza la confianza entre las partes.

En los últimos años en España, las redes que han apostado por la digitalización han demostrado mayor resiliencia y control.

Preguntas frecuentes sobre contratos de franquicia

  • ¿Qué es un contrato de franquicia en España?

    Es un acuerdo por el cual el franquiciador cede al franquiciado el derecho a explotar su negocio, marca y know-how a cambio de una contraprestación, conforme a la Ley 7/1996.

  • ¿Qué información debe entregar el franquiciador antes de firmar?

    Según el art. 62.3 de la Ley 7/1996, debe facilitar datos sobre la empresa, la marca, la red de franquiciados, experiencia, condiciones del contrato y previsiones económicas, al menos 20 días hábiles antes.

  • ¿Es obligatorio inscribirse en el Registro de Franquiciadores?

    Sí, los franquiciadores deben comunicar sus datos al Registro en un plazo de 3 meses desde el inicio de actividad (Real Decreto 201/2010).

  • ¿Tiene validez legal un contrato de franquicia firmado electrónicamente?

    Sí, la firma electrónica avanzada o cualificada tiene plena validez jurídica en España según el Reglamento eIDAS (UE) 910/2014.

  • ¿Cuánto tiempo debe conservarse un contrato de franquicia?

    Según el Código de Comercio, los documentos deben conservarse durante al menos 6 años desde la última anotación.

  • ¿Qué pasa si el franquiciador no cumple con la información precontractual?

    Puede ser sancionado según el régimen de infracciones de la Ley 7/1996, y el franquiciado podría reclamar nulidad o daños y perjuicios.

  • ¿Es obligatorio firmar el contrato por escrito?

    Sí. Aunque el derecho mercantil admite cierta flexibilidad, en la práctica es imprescindible un contrato escrito y firmado.

  • ¿Puedo ceder mi franquicia a un tercero?

    Depende del contrato. La cesión de franquicia suele estar sujeta a autorización del franquiciador.

  • ¿Qué ocurre si dejo de pertenecer a la red?

    El contrato regula las consecuencias: uso de marca, confidencialidad y no competencia.

Conclusión: seguridad jurídica y eficiencia en la franquicia moderna

El contrato de franquicia es mucho más que un documento formal: es la base jurídica de una relación empresarial compleja y duradera. En un entorno cada vez más digital y regulado, la gestión digital y la firma electrónica ya no son una opción, sino una necesidad estratégica.

Adoptar soluciones como Yousign permite a franquiciadores y franquiciados centrarse en el crecimiento del negocio, con la tranquilidad de contar con procesos seguros, trazables y conformes a la normativa.

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