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Cambios legales y estructurales tras una fusión de PYMEs

Principales obligaciones contables para pymes en España

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Las fusiones de pequeñas y medianas empresas (PYMEs) en España son una opción para crecer y mantenerse estables en un mercado tan cambiante. Esto implica la necesidad de optimizar recursos y muchas compañías optan por unir fuerzas a través de una fusión o reestructuración empresarial. Sin embargo, este proceso no se limita a una cuestión financiera: implica cambios profundos tanto en la estructura de la empresa como en sus obligaciones legales.

Te contamos los tipos de modificaciones estructurales, el proceso legal de las fusiones, las protecciones para socios y acreedores, y los pasos que deben seguir las PYMEs para llevar a cabo una integración exitosa. Además, veremos cómo la digitalización y herramientas como la firma electrónica avanzada de Yousign pueden simplificar la gestión documental durante este proceso.

Desde el 29 de julio de 2023, las operaciones de reestructuración empresarial en España se rigen por el Real Decreto-ley 5/2023, que deroga la anterior Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LMESM). Esta nueva normativa moderniza y armoniza el régimen aplicable a las operaciones de transformación, fusión, escisión y cesión global de activo y pasivo, incorporando además un marco reforzado para las operaciones transfronterizas dentro de la Unión Europea.

Tipos de reestructuración empresarial y sus implicaciones legales

Cada modalidad conlleva consecuencias jurídicas y organizativas distintas:

Transformación

Consiste en cambiar la forma jurídica de la sociedad (por ejemplo, de SL a SA) sin que ello implique su disolución.

  • Implicación legal: la sociedad mantiene su personalidad jurídica, pero debe inscribirse en el Registro Mercantil.

Ejemplo práctico: una PYME que busca acceder a inversores institucionales podría transformarse en sociedad anónima para emitir acciones.

Fusión

Se produce cuando dos o más sociedades se integran en una sola. Puede ser:

  • Fusión por absorción: una empresa absorbe a otra, integrando su patrimonio.
  • Fusión por creación: se crea una nueva sociedad que integra a todas las anteriores.
  • Implicación legal: el patrimonio de las sociedades desaparecidas se transmite en bloque a la resultante, que asume derechos y obligaciones.

Escisión

La sociedad divide su patrimonio y lo transmite total o parcialmente a una o varias sociedades ya existentes o de nueva creación.

  • Implicación legal: los socios reciben participaciones en las sociedades beneficiarias.

Ejemplo: una PYME decide separar su rama de servicios tecnológicos y constituir una nueva empresa independiente.

Cesión global de activo y pasivo

La sociedad transmite en bloque su patrimonio a otra empresa, recibiendo sus socios una contraprestación.

Implicación legal: conlleva la extinción de la sociedad transmitente, previa publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).

Nota importante:

El Real Decreto-ley 5/2023 incorpora reglas específicas para operaciones transfronterizas, garantizando la protección de socios, acreedores y trabajadores, y la supervisión de autoridades competentes para evitar abusos o fraudes en procesos de deslocalización empresarial.

El proceso de fusiones y adquisiciones paso a paso

La fusión de PYMEs no es un simple acuerdo entre empresarios; es un proceso regulado con fases obligatorias:

1. Proyecto de fusión

Los administradores redactan un documento detallando:

  • Tipo de fusión.
  • Identidad de las sociedades participantes.
  • Relación de canje de las participaciones o acciones.
  • Estatutos de la sociedad resultante.

Informe de administradores y expertos

Se explica la conveniencia de la operación y se aporta un análisis financiero y jurídico. En ciertos casos, es obligatoria la intervención de expertos independientes.

Aprobación por la junta de socios

La fusión debe ser aprobada en junta general con las mayorías previstas en la ley y los estatutos sociales.

Derecho de oposición de acreedores

Durante un mes desde la publicación del acuerdo en el BORME, los acreedores pueden exigir garantías adicionales para proteger sus créditos.

Escritura pública e inscripción

Finalmente, la fusión se formaliza ante notario y se inscribe en el Registro Mercantil, lo que otorga validez plena a la nueva estructura societaria.

Protección de socios y acreedores en las fusiones

Una de las mayores preocupaciones en las modificaciones estructurales es proteger los intereses de quienes pueden verse afectados.

Socios minoritarios

Tienen derecho a:

  • Recibir participaciones o acciones de la sociedad resultante.
  • Ejercer el derecho de separación, obteniendo el valor razonable de sus participaciones si no desean continuar en la nueva sociedad.

Acreedores

La ley otorga a los acreedores el derecho de oposición, lo que les permite exigir garantías adecuadas para asegurarse de que sus créditos serán satisfechos.

Nota importante:

Estas protecciones buscan equilibrar el proceso de reestructuración, garantizando que no se vulneren los derechos de terceros.

Cambios estructurales tras la fusión de PYMEs

Más allá del plano legal, una fusión implica transformaciones organizativas profundas:

  • Integración de equipos: adaptación de organigramas y funciones.
  • Unificación de procesos contables y financieros.
  • Revisión de contratos laborales y comerciales.
  • Alineación de la cultura corporativa.
  • Actualización en materia de prevención de riesgos laborales y conciliación familiar.

Importante:

Una fusión mal gestionada puede generar conflictos internos, duplicidad de cargos y pérdida de talento.

Pasos y precauciones al fusionar PYMEs

Para que una fusión sea exitosa, conviene seguir una hoja de ruta clara:

Análisis previo

  • Evaluar la situación financiera, legal y operativa de las empresas implicadas.
  • Realizar una due diligence para detectar riesgos ocultos.

Negociación y acuerdo

  • Establecer las condiciones de integración.
  • Definir la relación de canje y los futuros órganos de administración.

Gestión documental

  • Redactar actas, acuerdos y contratos necesarios.
  • Firmar documentos con firma electrónica avanzada para mayor seguridad y trazabilidad.

Comunicación interna y externa

  • Informar con transparencia a empleados, clientes y proveedores.
  • Publicar los acuerdos en los canales oficiales correspondientes.

Integración operativa

  • Establecer un plan de transición.
  • Identificar sinergias y eliminar duplicidades.

Comparativa: LMESM vs. Real Decreto-ley 5/2023

Aspecto

LMESM (derogada

Real Decreto-ley 5/2023 (vigente desde julio 2023)

Ámbito normativo

Regía las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles en España.

Adapta la normativa española a la Directiva (UE) 2019/2121 sobre operaciones transfronterizas.

Operaciones reguladas

Transformación, fusión, escisión y cesión global de activo y pasivo.

Mantiene esas operaciones, pero refuerza la regulación en procesos internacionales y transfronterizos.

Protección de acreedores y socios

Prevista, pero con menos mecanismos de supervisión.

Amplía garantías: posibilidad de exigir garantías adecuadas a los acreedores y mecanismos de defensa para socios minoritarios.

Participación de trabajadores

Regulación limitada en fusiones y escisiones.

Refuerza el derecho de información y participación de los trabajadores en las reestructuraciones.

Control de legalidad

Menor supervisión administrativa.

Establece un control reforzado por autoridades competentes para evitar fraudes y deslocalizaciones abusivas.

Operaciones transfronterizas

No reguladas de forma detallada.

Incluye un marco específico para fusiones, escisiones y transformaciones transfronterizas dentro de la UE.

Publicidad registral

Inscripción en el Registro Mercantil y publicación en el BORME.

Mantiene inscripción y publicidad, pero exige informes adicionales para mayor transparencia.

Enfoque general

Normativa centrada en el ámbito interno español.

Normativa armonizada con la UE, más moderna, garantista y con especial atención a la protección de terceros.

El papel de la digitalización y la firma electrónica

En procesos tan complejos como las fusiones, la gestión documental es clave. En Yousign sabemos que cada paso legal requiere precisión, seguridad y trazabilidad.

Nuestra firma electrónica avanzada te permite:

  • Firmar escrituras, contratos y acuerdos en remoto.
  • Garantizar la autenticidad e integridad de cada documento.
  • Mantener un registro de auditoría verificable.
  • Cumplir con el Reglamento eIDAS y la Ley 6/2020 en España.

A tener en cuenta:

La digitalización reduce tiempos, minimiza errores y asegura que toda la documentación esté disponible en formato accesible para auditorías o inspecciones.

Preguntas frecuentes (FAQ)

  • ¿Cuáles son los principales tipos de modificaciones estructurales?

    Transformación, fusión, escisión y cesión global de activo y pasivo. Cada una con diferentes efectos legales.

  • ¿Qué protecciones tienen los acreedores en una fusión?

    Pueden oponerse a la operación y exigir garantías adicionales para proteger sus créditos.

  • ¿Es necesario un notario para formalizar una fusión?

    Sí, la escritura pública es obligatoria, así como su inscripción en el Registro Mercantil.

  • ¿Cómo ayuda la firma electrónica en una fusión?

    Permite firmar documentos clave de manera remota y segura, con trazabilidad y validez legal completa

Conclusión

Las fusiones y reestructuraciones de PYMEs son una herramienta estratégica para crecer, adaptarse a los mercados y generar valor. Sin embargo, conllevan cambios legales y estructurales profundos que deben gestionarse con rigor.

En este proceso, la protección de socios y acreedores, el cumplimiento normativo y la integración cultural son aspectos fundamentales. Y hoy, gracias a la firma electrónica avanzada de Yousign, es posible simplificar y acelerar los trámites, asegurando legalidad y confianza en cada paso.

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